la separación en parejas de hecho

Separación de parejas de hecho

La separación de parejas de hecho es un elemento que suele suscitar dudas. Claro, ¿cómo va a separarse una pareja que no ha constituido un matrimonio?

Pese a que no exista una unión matrimonial, las parejas de hecho deben promover una serie de trámites en su separación, especialmente si tienen hijos.

    Contacta ya con tu abogado matrimonial

    Rellena el cuestionario para que te ayudemos a encontrar a tu especialista en menos de 24 horas, de forma gratuita y sin compromiso. Solo compartiremos tus datos con nuestros abogados colaboradores (todos los campos son obligatorios).




    Prioridad:



    ¿Cómo se regulan las parejas de hecho?

    La regulación de las parejas de hecho depende de cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo, en general es necesario inscribir la unión en un Registro Público. Sin embargo, en Comunidades Autónomas como la catalana la unión se constituye automáticamente (234-1 CCcat) por el hecho de:

    • Convivir durante más de dos años ininterrumpidos.
    • O tener un hijo en común.

    En definitiva, para saber cómo se regulan las parejas de hecho en tu Comunidad Autónoma lo mejor es que consultes a un abogado de familia.

    ¿Cuándo tendrá que realizar trámites la pareja de hecho para separarse?

    Como no existe un vínculo matrimonial, en general no va a ser necesario promover un proceso de separación para parejas de hecho.

    Sin embargo, es probable que la pareja haya ido reuniendo un patrimonio común durante su convivencia (domicilio común, muebles de la casa, vehículos…). También puede que hayan tenido hijos.

    • En el caso de que la pareja haya amasado un patrimonio común, habrá que repartir este.
    • Cuando la pareja haya tenido hijos, deberán establecerse las medidas a las que se refiere el art. 90 del Código Civil.
    • Por último, cabe la posibilidad de que uno de los componentes de la pareja tenga derecho a una compensación económica, como ocurre en el caso de las rupturas matrimoniales.

    La distribución del patrimonio tras la separación de la pareja de hecho

    No existe una gran diferencia entre la distribución del patrimonio tras la separación de una pareja de hecho o de un matrimonio. Básicamente se realizará por medio de un convenio regulador (cuando haya acuerdo) o de una sentencia (cuando no lo haya).

    En cualquier caso, la pareja se ahorrará el trámite de disolver el régimen económico-matrimonial, pero no el de liquidar o distribuir la comunidad de bienes.

    Respecto a los bienes valiosos, como la vivienda común, la pareja de hecho tiene varias opciones:

    1. Venderlos y repartirse el dinero obtenido.
    2. Que uno de los componentes de la pareja se los quede pagando al otro su parte.
    3. Atribuir su uso a uno de los componentes de la pareja para que se queden en la comunidad de bienes.

    La última opción es la más recomendable cuando ambos están pagando el bien. Por ejemplo, ocurre en el caso de las hipotecas, ya que no se puede atribuir la casa a uno de los miembros de la pareja a cambio de que se encargue de pagarla si el banco no está de acuerdo.

    El problema de esta opción, sin embargo, es que se mantendrá una comunidad de bienes. Aunque el art. 400 del Código Civil te autoriza para disolver un procomún en cualquier momento, lo cierto es que estas instituciones suelen ser difíciles de gestionar y administrar.

    En cualquier caso, cada una de estas opciones tiene sus propias consecuencias fiscales, que también dependerán de la Comunidad Autónoma en que se produzcan. De modo que deberías contar con la asesoría de un abogado de familia para que te ayude a elegir la mejor opción.

    Referencia especial a la vivienda

    Ten en cuenta que, cuando tengáis hijos y una casa en común, el uso de la vivienda será atribuida a los hijos y al progenitor que ostente su custodia. Así, el art. 96 del Código Civil no hace distinciones entre quién de los dos miembros es el titular de la casa.

    Dicho de otro modo, si el domicilio familiar ha sido una casa tuya y de pronto os separáis y le dan la custodia del menor a tu pareja, podrían quedarse a vivir en la casa.

    diferencias entre separación y divorcio
    ¿Conoces las diferencias entre la separación y el divorcio? Te las explicamos en nuestra entrada

    El cuidado de los hijos en parejas de hecho separadas

    Como ya hablamos en nuestro artículo sobre el divorcio con hijos, tras una separación habrá que presentar una demanda para establecer las medidas que rijan sobre estos. En particular, debe regularse:

    • Medidas relativas a la patria potestad.
    • Regímenes de:
      • Custodia.
      • Visitas.
      • Comunicaciones con el otro progenitor y los abuelos.
    • Pensión alimenticia.

    Estas medidas se incluyen en el convenio regulador. En la medida en que hay hijos se tratará de una propuesta, ya que habrá que presentarla ante los tribunales para que quede convalidada. Durante este proceso intervendrá el Ministerio fiscal, cuya misión es garantizar que se cumplen y respetan los intereses del menor.

    La separación con hijos puede producirse:

    • De mutuo acuerdo, caso en el cual se aceptará el convenio regulador salvo que perjudique a cualquiera de los implicados. Como se indica en el art. 92 del Código Civil, esta es la vía idónea para promover la custodia compartida.
    • Mediante un proceso contencioso. En este caso será el juez quien decida los efectos de la separación de la pareja de hecho.

    La compensación tras la separación de parejas de hecho

    Cuando una pareja de hecho rompe no puede solicitarse una pensión compensatoria. Pero sí cabría pedir una pensión de alimentos (en algunos casos) y una indemnización por razón de trabajo.

    • La pensión de alimentos se regula en el art. 142 del Código Civil y siguientes. Como se comprobará, su contenido es el mismo que el de la pensión alimenticia. Pero, a diferencia de esta, suele tener una duración y un régimen de protección menor.
    • La indemnización por trabajo se regula en el art. 1438 del Código Civil. Básicamente consiste en una compensación a favor del cónyuge que más haya contribuido al mantenimiento del hogar.

    ¿Qué pasa si no promuevo los trámites de la separación de mi pareja de hecho?

    En el caso de que no promuevas los trámites de la separación de pareja de hecho no podrás reivindicar ningún derecho. Ten en cuenta que si existen hijos, el miembro de la pareja con quien se queden podrá exigir:

    • Una pensión de alimentos mediante un proceso civil.
    • La correspondiente responsabilidad penal por abandono de familia, si se produce este delito.

    En definitiva, es importante promover estos trámites siempre que se tenga patrimonio o hijos en común, así como cuando quieras reclamar una compensación económica.

    ¿Existe el divorcio en las parejas de hecho?

    No. El divorcio es la disolución del vínculo matrimonial. De modo que, como las parejas de hecho no están casadas, no pueden divorciarse. El proceso de ruptura solo se producirá por el cauce de la separación.

    Eso sí, si la pareja de hecho va a disolverse definitivamente y se ha formalizado públicamente será necesario:

    • Acudir al notario, en caso de que se formalizara mediante escritura pública notarial.
    • Notificarlo en el Registro de Parejas de Hecho. Si se inscribió la unión habrá que cancelar el asiento.

    Consejo: contrata a un abogado especialista en parejas de hecho

    Si la convivencia con tu pareja se ha hecho inviable y quieres iniciar los trámites de separación te recomendamos que contrates a un abogado especializado en este tipo de procesos.

    Como has visto, la regulación de las parejas de hecho depende de la Comunidad Autónoma donde se produzca. Esto hace imprescindible que la asistencia jurídica que recibas sea especializada.

    Puedes encontrar abogados especialistas en separaciones que trabajen cerca de ti a través de nuestro formulario. Se trata de un servicio rápido, gratuito y que no implica compromiso alguno.

    Rellena ya el formulario y encuentra al abogado idóneo para ayudarte en tu proceso de separación de pareja de hecho.

      Contacta ya con tu abogado matrimonial

      Rellena el cuestionario para que te ayudemos a encontrar a tu especialista en menos de 24 horas, de forma gratuita y sin compromiso. Solo compartiremos tus datos con nuestros abogados colaboradores (todos los campos son obligatorios).




      Prioridad: