La adopción internacional es aquella en que los adoptantes o el adoptado no comparten nacionalidad. Por eso, en España solemos denominar adopción internacional a aquella en que el adoptando es de origen extranjero.
Antes de iniciar uno de estos procedimientos es importante estar bien informado. Los procesos de adopción son largos y costosos, por lo que los padres deben conocer el camino que les espera.
En nuestro artículo de hoy vamos a analizar el procedimiento de adopción internacional, incluyendo una referencia orientativa a sus costes temporales y económicos.
Cómo funciona la adopción internacional
Lo primero que debes conocer al respecto de estos procesos es que las competencias en materia de protección de menores corresponden a las Comunidades Autónomas. Por tanto, dependiendo de tu lugar de residencia podrían aparecer particularidades en el procedimiento, los costes y las listas de espera.
Así, el procedimiento se iniciará con la presentación de una solicitud ante la Autoridad de Protección de Menores de tu Comunidad Autónoma. Una vez recibida la solicitud se te someterá a examen para valorar tu idoneidad como adoptante. El resultado de esa fase será:
- Que se te declare idóneo para adoptar, prosiguiendo el procedimiento.
- O que se te declare inidóneo, pudiendo recurrir esta resolución.
Al seguir el procedimiento, las autoridades españolas se pondrán en contacto con el Organismo Acreditado para la Adopción Internacional en el país de origen del menor. Ambas autoridades colaborarán en la tramitación del expediente.
Antes de que termine este trámite se te asignará un niño o niña y deberás desplazarte a su Estado para conocerlo. Tras un breve período de convivencia o una serie de visitas, las autoridades del país de origen valorarán la idoneidad de la adopción y, en caso de aprobarla y de que des el visto bueno, se constituirá la adopción.
Será a partir de ese momento cuando la situación jurídica del adoptando y tuya propia se asimilen a las de padres e hijos, produciendo los mismos efectos. Analicemos en detalle cada paso del procedimiento.
Fase de formación e información
Cualquier proceso de adopción internacional está precedido por una fase de formación e información. Estos se componen:
- De una serie de sesiones informativas. La Entidad de Protección de Menores de cada Comunidad Autónoma organizará estas sesiones, donde se suele requerir la asistencia de ambos adoptantes en caso de ser matrimonio o pareja de hecho.
Durante las sesiones informativas se explicará el procedimiento, así como el principio de protección de los menores. También se resolverán dudas y se informará de la lista de espera en ese momento. - De un curso de formación. Los cursos de formación brindan conocimientos más concretos sobre los procesos de adopción, incluyendo los problemas que pueden aparecer en cuanto a adaptación, identidad y revelación de la condición de adoptado.
Estos cursos tienen una vigencia determinada, que depende de cada Comunidad Autónoma (normalmente son 3 años). Su objetivo es garantizar que los adoptantes saben a qué dificultades se enfrentarán durante el proceso de adopción internacional.
Solicitud
Tras la etapa formativa los adoptantes podrán presentar una solicitud de adopción internacional ante la Entidad de Protección de Menores. Generalmente deberán acreditar que han superado los cursos y aportar documentación como:
- Identificación. Incluye el DNI, un certificado de nacimiento, otro de residencia y el libro de familia.
- Información sanitaria. Lo más frecuente es que se solicite un certificado médico, aunque también se puede pedir que se cumplimente un cuestionario.
- Información económica. Normalmente se solicitará una declaración de bienes, así como la última declaración de la renta o el certificado negativo de la AEAT.
- Certificado de antecedentes penales y de delitos de naturaleza sexual.
Valoración de idoneidad
Presentada la solicitud se realizará una valoración psicosocial sobre:
- Tu situación personal.
- El ambiente familiar.
- Vuestras relaciones sociales y capacidad para establecer vínculos estables.
- Tus capacidades para educar al menor y atender a sus necesidades específicas.
Los criterios que sigue cada equipo psicosocial vienen definidos por la Comunidad Autónoma. Lo mismo ocurre con el contenido de la valoración, que incluirá:
- Entrevistas.
- Tests psicotécnicos.
- Visitas al domicilio.
- Otras pruebas y exámenes.
En caso de que se declare que no eres idóneo para adoptar podrás recurrir la resolución mediante el correspondiente recurso judicial, sin necesidad de presentar reclamación administrativa previa.
Como ocurre con la formación preadoptiva, la valoración de idoneidad tiene un plazo de caducidad de 3 años.
Asignación del niño o la niña
Los adoptantes que se consideren idóneos se introducirán en la lista de espera. En este momento serán las Entidades de Protección del Menor y el Organismo Acreditado para la Adopción Internacional quienes crucen datos para asignar al niño a la familia adecuada.
Este Organismo (o la autoridad que gestione las adopciones en el país de origen del menor) desarrollará funciones de intermediación y protección del menor. Por tanto, es probable que te someta a otra fase de información y documentación.
En todo caso serás asistido por las autoridades españolas. Además, algunas Comunidades Autónomas cuentan con programas de ayudas económicas (cada vez menos frecuentes), ya que una vez asignado el niño deberás desplazarte a su país de origen para conocerlo.
Durante el tiempo que estéis juntos serán las autoridades extranjeras quienes determinen si la adopción va a producir efectos favorables sobre el menor. En caso afirmativo aprobarán el expediente, que terminarás de tramitar ante el Juzgado.

Constitución de la adopción
Como decimos, será la resolución judicial la que constituya la adopción internacional definitivamente. Para ello deberás prestar tu consentimiento como adoptante. Además, si el menor tiene más de 12 años se recabará también su consentimiento.
Esta resolución judicial extinguirá la relación del menor con su anterior familia, produciendo los efectos de filiación en tu favor. Cabe destacar que en nuestro ordenamiento jurídico la filiación biológica y la adoptiva producen los mismos efectos.
Esto implica que podrás pedir la correspondiente baja de maternidad o paternidad. Además, tu hijo adquirirá los derechos que le correspondan en materia de sucesión hereditaria.
Cuánto cuesta la adopción internacional
Los costes de la adopción internacional presentan una complicación: dependen de la lista de espera y de la situación en el país de origen. Esto implica que pueden variar desde el incio del procedimiento hasta que este concluya.
A nivel económico, el precio de la adopción internacional puede oscilar entre los 5.000 – 7.000 euros. Hablamos de honorarios del abogado, por lo que si contamos también los desplazamientos, tasas y demás costes asociados podemos ver incrementado este precio hasta los 30.000 euros.
A nivel temporal, la duración dependerá del país de origen del menor. Además, las listas de espera y los cambios en su política de adopción de menores pueden tener una gran incidencia. Por ejemplo, hace una década se adoptaba a niños y niñas de china porque el proceso concluía en poco más de un año. Actualmente, las adopciones en China están demorándose unos 10 años.
Por eso es imposible dar una respuesta cerrada a cuánto tarda la adopción internacional. Nuestro mejor consejo es que consultes con un especialista en este tipo de adopciones y que te armes de paciencia. El camino es largo, pero el resultado bien lo merece.